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La Cámara Federal confirmó los procesamientos de Cristina Kirchner, Julio De Vido y Ricardo Jaime por el supuesto cobro de coimas en los subsidios a los trenes

INFOBAE

La Cámara Federal confirmó hoy el procesamiento de la ex presidenta  Cristina Kirchner y un grupo de sus ex funcionarios por haber recibido coimas al transporte ferroviario, en el marco de la asociación ilícita descripta en la causa de los cuadernos. El fallo, firmado por los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, también alcanzó a ratificar el procesamiento deJulio De Vido y los ex secretarios de Transporte Ricardo Jaime y Juan Pablo Schiavi, todos ellos ya presos por otros expedientes.

Sin embargo, la Cámara volvió a dejar afuera de la asociación ilícita a los empresarios que fueron procesados por el juez Claudio Bonadio. El criterio seguido es que los hombres que pagaron las coimas no formaron parte de la banda de ex funcionarios kirchneristas.

Uno de los puntos claves de la resolución fue que se confirmó sólo el procesamiento para los empresarios Aldo Roggio y Gabriel Romero, que como arrepentidos habían dado detalles del pago de las coimas. Roggio admitió haber pagado dádivas por los subsidios que recibió por la explotación del subte, y Romero, por los trenes.

Se revocó, en tanto, el procesamiento dispuesto por Bonadio para otros empresarios, como Claudio Cirigliano (preso por la tragedia de Once) y Sergio Taselli, quienes tenían a su cargo otras líneas de ferrocarriles urbanos; o Julio José Forastieri, integrante de la sociedad con la que Taselli explotaba ferrocarriles.

La causa se abrió como un desprendimiento de las confesiones de arrepentidos, en el marco del expediente por las anotaciones del chofer Oscar Centeno, que relató en una serie de cuadernos los viajes de recaudación que hacía para Roberto Baratta, mano derecha de De Vido.

El juez Claudio Bonadio (foto: Eva Cabrera)

El juez Claudio Bonadio (foto: Eva Cabrera)

En marzo, Bonadio había sostenido que se pudo corroborar que “las personas a cargo de las empresas concesionarias de los ferrocarriles pagaban a los nombrados Jaime y Schiavi entre un 5% y un 30% de los subsidios entregados por el Estado nacional”.

Hoy, la Cámara Federal analizó esa resolución y convalidó que “los sucesos que aquí se recrean aparecen enmarcados en el contexto reconstruido en la causa 9.608/18, donde se logró acreditar el circuito de recaudación ilegal instaurado desde el seno de la Administración Pública Nacional (PEN) entre 2003 y 2015, el cual receptaba el dinero que las diversas empresas entregaban para asegurarse la asignación de contrataciones públicas y otros beneficios que dependían de la voluntad administrativa”.

Según se sostuvo, “el eje de la maniobra pesquisada estuvo dado por la asignación de la obra pública a cambio de la entrega de sustanciosas sumas de dinero. Los titulares de las compañías vinculadas al rubro de la construcción recibían el beneficio de ser contratados por el Estado, así como un tratamiento favorable durante el desarrollo de dichas relaciones contractuales”.

En su fallo, la Cámara Federal explicó que “Aldo Benito Roggio fue quien a través de sus manifestaciones como arrepentido permitió extender el horizonte de la investigación al rubro antes mencionado. Encargado de la explotación del servicio de subterráneos y del ferrocarril Urquiza desde 1994, fue él quien recordó el pago que de forma mensual -y en el rango del 5% de los subsidios obtenidos- efectuaba a Ricardo Jaime -Secretario de Transporte- a fin de conservar la concesión”.

En tanto, “los dichos de Benjamín Gabriel Romero -también en el marco de la Ley 27.304- resultaron coincidentes con lo declarado por su consorte de causa, al reconocer la entrega de ese mismo porcentaje con el propósito de mantener la explotación de la línea de ferrocarril Belgrano Norte, asignada a su empresa Ferrovías. Pero, además, incluyó un nuevo rubro dentro de esas mismas prácticas: el de las vías navegables”.

Pero las pruebas no alcanzaron para los otros empresarios que recibieron concesiones como Roggio o Romero y no se arrepintieron. “Se impone la necesidad de profundizar la investigación, adoptando, a ese efecto, un temperamento expectante en relación a estos hechos. En consecuencia, habrá de dictarse la falta de mérito para procesar o sobreseer a Sergio Tasselli, Julio Forastieri y Claudio Cirigliano”, se afirmó.

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