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Las subas regirán a partir del mes de septiembre. La medida fue comunicada este jueves mediante una resolución publicada en el Boletín OficiaL
La Anses dispuso aumentar en un 12,22% las asignaciones familiares. La medida, que comenzará a regir a partir del primero de septiembre, fue publicada mediante la Resolución 201/2019, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Se trata del tercero de los cuatro aumentos previstos en el año, los cuales se implementan de manera trimestral en línea con la Ley de Movilidad.
Las jubilaciones, por su parte, también aumentarán en un 12,22% y llevarán al haber mínimo a $12.937,22
La actualización del organismo oficial depende del tipo de beneficio correspondiente. Ellos son: a) asignaciones familiares de pago mensual; b) asignaciones de pago extraordinario; y c) asignaciones universales.
La medida también alcanza a los titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social. No obstante, no lo hace con los titulares de la asignación universal por hijo debido a que, en marzo de este año, el Gobierno anticipó un aumento de 46% para todo el año y solo será revisado en diciembre si la inflación supera ese monto. Los padres, tutores y encargados de 3,9 millones de niños, niñas y adolescentes, cobrarán $2.652 por cada hijo hasta febrero de 2020.
Según el detalle de la resolución 201/2019, que se publicó hoy en el Boletín Oficial, “la actualización se basará en un setenta por ciento (70%) en las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y en un treinta por ciento (30%) por el coeficiente que surja de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), conforme la fórmula que se aprueba en el Anexo de la presente ley, y se aplicará trimestralmente en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año calendario”.
El detalle de cómo quedan las asignaciones
– Asignación por nacimiento sube a $2.943; por adopción aumenta a $17.615; y por matrimonio, a $4.407. Estas tres asignaciones son de pago único. Es decir, no se otorgan de manera mensual a diferencia de las jubilaciones o la asignación universal por hijo, entre otras figuras.
– La asignación durante el período prenatal y por hijo pasa a ser de entre $527 y $2.525 como valor general, de acuerdo con el ingreso del grupo familiar (IGF), y hasta $5.447 zonas 2 y 4 (Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego).
– La asignación por hijo con discapacidad pasa de $3.671 a $8.227, según el IGF, y de $16.438 en Santa Cruz, Tierra del Fuego y determinados departamentos de Catamarca, Salta y Jujuy. En estas cinco provincias la ayuda escolar anual (inclusive para hijos con discapacidad) asciende a $4.221, mientras que en zona 1 pasa a $2.822, zona 2 a $3.531 y el resto del país $2.115.
– Por cónyuge de jubilados y titulares de pensiones honoríficas de veteranos de la guerra del Atlántico Sur, la asignación va de $610 a $1.212 (este último valor en zona 1, es decir, La Pampa, Río Negro y Neuquén, y en algunos departamentos de Formosa, Mendoza y Salta).
– Para monotributistas, la asignación prenatal y por hijo va desde $527 a $2.525 (por hijo con discapacidad de $3.671 a $8.227), según la categoría de inscripción, mientras que la ayuda escolar anual será de $2.115 en todos los casos.
– En cuanto a las asignaciones Universal por Hijo y por Embarazo para Protección Social, se elevan a $2.652 como valor general ($3.448 en zona 1), de los cuales el 20% se percibe contra la presentación de la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación y declaración jurada del Adulto Responsable.
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