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Fue producto de una audiencia de medida cautelar llevada a cabo este jueves. La Jueza del caso basó sus argumentos en el exceso de velocidad y la ingesta de alcohol, sumado a que el acusado cuenta con un antecedente condenatorio por violencia de género. La prisión preventiva será por 60 días.
Desde las 09:30 horas de este jueves se llevó a cabo una audiencia de medida cautelar. En la misma, desde Fiscalía, solicitaron la prisión preventiva para Juan R. por el accidente ocurrido el pasado 17 de enero, producto del cual perdió la vida un niño de 4 años.
Según el relato de la Fiscal del caso, Fabiana Bertero, en fecha 17 de enero de 2021 aproximadamente a las 21:00 horas, el acusado condujo un automóvil marca Fiat Siena por la Ruta Nacional 34. En el kilómetro 192 en sentido Sur a Norte, en forma imprudente, negligente, antirreglamentaria, temeraria e infringiendo los deberes del ciudadano a su cargo, lo hizo circulando a 160 kilómetros por hora excediendo la velocidad máxima permitida en ruta, habiendo consumido bebidas alcohólicas y en forma zigzagueante. El mismo llevaba en su vehículo a otras 4 personas y no logrando mantener el control de éste, ocasionó que, al ingresar a la curva de dicho tramo, salga de la cinta asfáltica, dando varios tumbos. Como consecuencia del hecho, se produjo el fallecimiento de un niño de 4 años, y los restantes acompañantes sufrieron lesiones de consideración.
El acusado fue imputado por el delito de homicidio culposo agravado por culpa temeraria y por exceso de velocidad, con Lesiones graves culposas agravadas por culpa temeraria, por exceso de velocidad y por ser más de una las víctimas.
Por todo esto, y sumado a un antecedente condenatorio por violencia de género, el pedido de la representante del Ministerio Público fue el de cumplimiento de prisión preventiva.
Por su parte, la defensa, a cargo del abogado defensor Carlos Farias Demaldé, manifestó que, conforme a las evidencias recolectadas, no existen elementos para determinar un encuadre imputativo como el que la fiscalía pretende contra el acusado. El profesional argumentó que tomó el testimonio de dos jóvenes que circulaban a bordo de una motocicleta y que fueron sobrepasados por el conductor del vehículo. Estos manifestaron que en ningún momento vieron al auto zigzagueando y que no observaron la mecánica del accidente. Sumado a esto, dentro de los argumentos de la defensa, se encuentra el testimonio tomado a quien se conducía en la parte delantera del vehículo en calidad de acompañante, la cual manifestó que el conductor manejaba a una velocidad de 130 km por hora, la permitida en una autovía. Además, la testigo, agregó que el hombre no se encontraba alcoholizado y que desconoce el motivo del accidente.
Continuando con la argumentación, el Dr. Demaldé expresó que la Fiscal hace mención a que su defendido ingirió alcohol, pero no toma en cuenta que el hecho de haber consumido bebidas alcohólicas no es un agravante, sino que la pena es a quién se excede de un gramo por litro de sangre, motivo por el cual cree que hay un exceso imputativo. Un exceso debido a que aún se desconoce el resultado del análisis de dosaje de alcohol y de orina, conforme a las extracciones a las que se sometió el propio imputado.
En relación a las pericias accidentológicas, el profesional explicó que las mismas confirman que se trata de una arteria calificada como autovía y no como ruta común, y que el resultado de cómo aconteció el siniestro no se debió a un exceso de velocidad. Además, remarca la falta de visibilidad en el lugar como un factor negativo para conducir.
Finalmente, el abogado defensor dejó en claro la postura de que su defendido no condujo en forma temeraria, sino que fue una situación fortuita lejos de la imprudencia y la negligencia, o de acciones antirreglamentarias.
Teniendo en cuenta cada uno de estos fundamentos, el Dr. Carlos Farias Demalde solicitó la libertad de su defendido bajo las siguientes medidas alternativas:
-Fijación de domicilio
-Obligación de presentarse periódicamente ante la autoridad que sea necesaria
-Prohibición absoluta de contacto con los familiares de la víctima y los testigos y, de ser necesario una caució n personal por el monto de $1.000.000.
Luego de escuchar a cada una de las partes, la Jueza, Cristina Fortunato dio lugar a dicho planteo y estableció la prisión preventiva para el acusado por un lapso de 60 días.
En la resolución la Magistrada dijo haber centrado su decisión en la ingesta de alcohol por parte del conductor y el exceso de velocidad. Sumado a esto planteó otros argumentos como: un antecedente condenatorio por un hecho de violencia de género en el año 2020, una maniobra de juego al volante ya que hay vídeos anteriores al accidente, el aguardo de pericias mecánicas, el intento de descartar evidencias, y la solicitud a su mujer de que declare que el accidente había sigo generado por el cruce de un zorro.
Por todo ello, el conductor deberá cumplir con prisión preventiva por 60 días.
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