El fallo de segunda instancia reafirma la teoría de que el entonces jefe de Drogas de la provincia, protegió -junto con el policía José Luis Baella-, al narco Daniel Mendoza, dueño de una cocina de cocaína en Colastiné
Tres semanas después de que fuera absuelto por la Justicia Federal rosarina -por el beneficio de la duda-, en una causa en que se lo acusó de proteger a narcos del sur provincial, el ex jefe de Policía de la provincial Hugo Damián Tognoli recibió un nuevo revés judicial. En esta oportunidad, fue la Cámara Federal de Casación Penal la que confirmó en todos sus términos la condena a 6 años de prisión por el delito de encubrimiento, que le fuera aplicada por el Tribunal Oral Federal de Santa Fe.
La sentencia del 27 de octubre de 2015 firmado por los vocales José María Escobar Cello, María Ivón Vella y Luciano Homero Lauría, recibió este martes el respaldo del tribunal superior, al rechazar los recursos intentados por los abogados defensores de Tognoli -Néstor Oroño-, y de sus consortes de causa, el ex policía de Drogas, José Luis Baella -Claudio Torres del Sel-; y el narco prófugo, Daniel “Tuerto” Mendoza -Hilda Knaeblein y Claudia Burgos-.
Si bien la casación dejó fuera del análisis el caso Mendoza, a quien se declaró “rebelde”, los camaristas de la Sala N° 1, Liliana Catucci, Eduardo Riggi y Ana María Figueroa, ratificaron la actuación del tribunal de primera instancia, tanto en los aspectos técnicos y formales del juicio, como en la valoración de la evidencia que sostiene la condena.
Sin objeciones
En tal sentido, el voto de la jueza Catucci afirma que “el análisis pormenorizado de las pruebas producidas en el debate permitió descubrir la complicidad de Tognoli y Baella con Mendoza” para coaccionar a Norma Castaño, la presidenta e la asociación civil Madres Solidarias, que con sus denuncias puso en jaque el poder que hasta el 2012 ostentó el jefe policial.
“También quedó demostrado que Hugo Tognoli “ayudó a Daniel Mendoza a eludir las investigaciones del poder judicial y del ministerio público en el período comprendido entre el 3 de marzo de 2011 y el 25 de agosto de 2011”, dijo Catucci en otro pasaje de su voto.
“Probado como quedó el suceso luctuoso a estudio, la calificación legal escogida por el tribunal respecto de los condenados no merece ninguna objeción”, amplió, al punto que cuestionó que “las defensas se han limitado a repetir los planteos sin atender las puntuales respuestas dadas en el pronunciamiento” de 2015.
“Por algo lo ayudaban…”
Luego, al referirse a la atribución delictiva que mereció Mendoza -fabricación y comercio de estupefacientes- la jueza Catucci destacó que “lejos de no existir el delito precedente, éste se puso lamentablemente sólo en cabeza de Mendoza cuando el recorrido probatorio permite inferir que tanto Tognoli como Baella no eran ajenos a la actividad delictual vinculada con el tráfico de drogas”.
“Por algo lo ayudaban tanto, a punto de que montaron deliberadamente y en contra de la ley y más precisamente de sus obligaciones funcionales estrictas, una protección especial para que Mendoza pudiera continuar con sus operaciones ilegales y -a la vez- apartarlo de la investigación en curso”.
“Es evidente que dichas acciones no podían estar apartadas de un lucro personal para los protectores legales derivadas de alguna participación en el tráfico de las drogas que como antes dije, se perdió en el camino de la investigación, curiosamente”, cerró.
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