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Prohíben eventos con más de 500 personas hasta el 28 de febrero

 

 

La restricción será para boliches, salones de fiestas, bailes, recitales y festivales. Exigirán pase sanitario para ingresar a las oficinas públicas

Santa Fe busca ponerle un freno al disparo de contagios que se produjo en la última semana. El gobernador Omar Perotti decretó el regreso a las restricciones en varias actividades y rubros hasta el 28 de febrero del año que se avecina. De esta forma, quedarán suspendidos los eventos masivos de más de quinientas personas que se realicen en espacios abiertos, cerrados o al aire libre, públicos o privados.

El ministro de Trabajo santafesino, Juan Manuel Pusineri, confirmó a La Capital que solo se permitirán hasta mil personas en aquellos que el municipio autorice previo aval de la cartera de Salud provincial. Los eventos de más de mil participantes serán autorizados con este criterio, exclusivamente al aire libre y con un aforo del 70 por ciento.

Los eventos masivos que reúnan a más de 500 personas, quedarán suspendidos preventivamente hasta el 28 de febrero. En segundo lugar, los aforos van a encontrar un límite en el 70%”, indicó.

Las actividades no deben exceder la ocupación de la superficie disponible en ese porcentaje, salvo expresa previsión en contrario que establezca un aforo menor; o cuando dicho índice de ocupación no permita cumplir con el debido distanciamiento y las reglas de conducta.

El 22 de diciembre pasado Santa Fe registró 293 casos; un día después eran 532, para el 27 de diciembre fueron 750, el 29 se contabilizaron 2.658 y ayer llegaron a 3.176 nuevos casos en una jornada en la que a nivel nacional se produjo un nuevo récord: 50.506 contagiados.

La explosión en solo una semana hizo reaccionar rápidamente a la Casa Gris y ayer por la tarde comenzó a difundirse el nuevo decreto provincial con las restricciones que regirán hasta el 28 de febrero.

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Quedan comprendidas en la suspensión de eventos masivos por encima de las 500 personas discotecas, locales bailables, salones de fiestas, bailes, recitales, festivales o actividades similares.

Las autoridades municipales, previa consulta al Ministerio de Salud, podrán autorizar eventos con concurrencia de hasta mil personas. Y solo de más de esa capacidad en espacios abiertos y previo chequeo a la provincia.

En el desarrollo de las actividades sociales, deportivas, culturales, religiosas, económicas y de servicio se deberá mantener una distancia mínima de dos metros entre personas. Estos rubros no podrán exceder la ocupación del setenta por ciento de la superficie disponible

El uso de tapabocas que cubran nariz, boca y mentón será obligatorio en espacios cerrados de ingreso público, espacios ventilados; y quienes organicen o desarrollen actividades, deberán proveer elementos de higiene.

¿Quiénes deben aislarse?

Deberán aislarse casos confirmados con esquema de vacunación completa por siete días corridos. Quienes no estén vacunados o con esquema de vacunación incompleto tendrán aislamiento por diez días.

Las personas que sean contacto estrecho, asintomáticas con esquema de vacunación completo, tienen que aislarse cinco días corridos y otros cinco maximizar cuidados. Los estrechos asintomáticos sin vacunación o con esquema incompleto deberán recluirse diez días corridos, que podrá reducirse a siete con un PCR negativo.

Quedan alcanzados en la exigencia del pase sanitario para eventos masivos, viajes grupales, cines, teatros, casinos y bingos, entre otros.

También el pasaporte sanitario será exigible en eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo, que impliquen concurrencia de personas, tanto al aire libre como en teatros, centros culturales y otros lugares cerrados.

El pase también será válido para discotecas y locales bailables, salones de fiestas y para bailes o similares.

Horarios

El comercio mayorista y minorista con atención al público deberá cerrar a las 21, con excepción de los kioscos que podrán abrir veinticuatro horas, al igual que farmacias en los turnos de guardia. Fuera del horario indicado, solo podrán realizar actividad comercial a través de plataformas de comercio electrónico y otros mecanismos, con entrega a domicilio, entre las 6 y las 21.

Los bares, restaurantes, heladerías, los jueves, viernes, sábados y víspera de feriados, hasta las cinco horas del día siguiente; el resto de los días de la semana, hasta las cuatro horas del día siguiente.

Gimnasios, natatorios y afines: deberán funcionar entre las siete y las 24. En iglesias, templos y lugares de culto entre las ocho y las 22. Los cines entre las diez y la una (1) hora del día siguiente. Y la pesca deportiva y anexos entre las siete y las 21.

Los peloteros y juegos infantiles entre las ocho y las 24. Los casinos y bingos: todos los días de la semana, entre las diez y las cinco del día siguiente, horario de cierre idéntico para salones de eventos los días jueves, viernes, sábados y víspera de feriados; el resto de los días de la semana, hasta las cuatro del día siguiente.

La actividad en la administración pública se realizará priorizando el teletrabajo y en forma presencial de quienes cuenten con el esquema de vacunación completa.

Se requerirá el pase en API, Aguas, Catastro, Iapos y EPE y el público que asista a un casamiento en el Registro Civil.

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