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Cómo se aplicará el beneficio de devolución del IVA para trabajadores, monotributistas y jubilados

Desde el Palacio de Hacienda, Massa señaló que «se continuará con la devolución a los 7 millones de jubilados y pensionados del Sistema de Seguridad Social de la República Argentina y además hemos incorporado al beneficio a los 2,3 millones de monotributistas sin importar la categoría».

Cómo será la devolución

-Cada trabajador y trabajadora, cada jubilado y jubilada va a tener a lo largo del mes, o en un solo día, o en las distintas compras que realice, una devolución a las 48 horas de realizada la compra con la tarjeta de débito por hasta 18.800 pesos a lo largo del mes.

-El beneficio es automático, no habrá que hacer ningún trámite, se habilita de manera automática a todos los comercios, supermercados y minimercados, verdulerías, carnicerías, fruterías, así como también a los productos de higiene personal y de la canasta del hogar.

-Al realizar la compra con la tarjeta de débito, a las 48 horas se les va a acreditar automáticamente la devolución del programa Compre sin IVA, que representa la devolución de la totalidad del IVA en los productos de la canasta básica.

-Será para cualquier comercio que venda productos de la Canasta Básica.

-Será acumulable con otros beneficios bancarios.

El ministro de Economía señaló que «es la medida más progresiva que podemos tomar en materia impositiva». «De alguna manera el objetivo es que la canasta básica esté cubierta y compensada con este beneficio», finalizó el candidato a Presidente por UxP.

¿Se puede pagar con billeteras virtuales?
Sí y no. Si se paga con el dinero en cuenta de la billetera digital, como MercadoPago o MODO, no se obtendrá el reintegro.

Pero sí se obtiene la devolución si se paga a través de la tarjeta de débito asociada a la billetera digital. De igual manera, con tarjetas de débito de bancos virtuales como Lemon Card o Ualá también se hace la devolución. En Santa Fe si se compra con debito adherida a Billetera Santa Fe se sumarian los beneficios de la Billetera + Reintegro del IVA.

Los productos incluidos en la medida son todos aquellos que formen parte de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) del INDEC. También se podrán comprar productos de higiene personal. Entre ellos:

Frutas (manzana, mandarina, naranja, banana, pera)
Papa
Batata
Legumbres secas (lentejas, arvejas)
Hortalizas (acelga, cebolla, lechuga, tomate perita, zanahoria, zapallo, tomate envasado)
Carnes (asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo, carne de pescado)
Menudencias (hígado)
Fiambres (paleta cocida, salame)
Huevos
Leche
Queso (queso crema, queso cuartirolo, queso de rallar)
Yogur
Manteca
Aceite
Pan
Galletitas de agua
Galletitas dulces
Arroz
Harina de trigo
Otras harinas (maíz)
Fideos
Azúcar
Dulces (dulce de batata, mermelada, dulce de leche)
Bebidas no alcohólicas (gaseosas, jugos concentrados, soda)
Bebidas alcohólicas (cerveza, vino)
Sal fina
Condimentos (mayonesa, caldos concentrados)
Vinagre
Café
Yerba

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