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El Gobierno dio marcha atrás con el cierre de Vialidad Nacional

El Gobierno dejó sin efecto una serie de DNU que disponían la fusión, eliminación y modificaciones en varios organismos públicos, como Vialidad Nacional, el Banco Nacional de Datos Genéticos, la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), entre otros.

Esas medidas habían sido rechazadas por ambas Cámaras del Congreso mediante los Decretos 627/2025 y 628/2025 publicados en el Boletín Oficial, por lo que las fusiones y cierres quedaron sin efecto.

 

A partir de la publicación en el BOE quedaron sin efecto la fusión entre el Instituto Nacional Yrigoyenano y el Instituto Nacional de Investigaciones Históricas Juan Manuel de Rosas (Decreto 345/25).

De igual manera quedó cancelada la incorporación del Banco Nacional de Datos Genéticos como organismo desconcentrado de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología (Decreto 351/25).

Asimismo se dejó sin efecto la disolución de la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) (Decreto 461/25) y la eliminación de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) (Decreto 462/25).

Por otra parte, se restituyeron los objetivos originales del Teatro Nacional Cervantes (Decreto 531/2025), de la estructura organizativa del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) (Decreto 571/25), y de las facultades de la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología (Decreto 583/25).

Además, se incluyó el restablecimiento de las misiones del Director Ejecutivo de la Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos de Transporte (Decreto 584/25) y las obligaciones de la Secretaría de Hacienda (Decreto 585/25).

La Jefatura de Gabinete de Ministros, la Secretaría General de la Presidencia de la Nación y el Ministerio de Economía serán los encargados de cubrir los servicios administrativos, financieros y jurídicos de forma transitoria, hasta que todos los organismos retornen a sus funciones.

En cuanto al Decreto 628/2025, ordenó la eliminación de los cambios aplicados en el Decreto 340/2025, que aprobaba un nuevo “Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional”. En el mismo, también se había declarado a la navegación por agua marítima y/o fluvial como servicio esencial tanto como para el transporte de pasajeros, como para mercaderías.

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