El Ministerio Público Fiscal de la Nación requirió la elevación a juicio de la causa seguida contra Franco Augusto Poccia, un productor rural santafesino acusado de someter a trabajadores a condiciones de servidumbre en un campo de frutillas de Arroyo Leyes, y pidió una pena de 8 años de prisión.
La presentación —difundida el lunes 30 de marzo en el sitio oficial Fiscales.gob— fue formulada por los fiscales de la Unidad Santa Fe, Walter Rodríguez y Milagros Traverso, junto al titular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), Marcelo Colombo.
Los representantes del MPF dieron por concluida la investigación y sostuvieron la acusación por el delito de trata de personas con fines de reducción a la servidumbre, agravado.

Según la requisitoria, el imputado implementó un sistema de captación, traslado y acogimiento de personas, aprovechándose de su situación de vulnerabilidad estructural para someterlas a condiciones de vida y trabajo inhumanas.
Sistema de explotación
De acuerdo con la acusación, las víctimas —al menos 20 personas— fueron captadas en la provincia del Chaco, principalmente en las localidades de San Bernardo y La Clotilde, y trasladadas a un campo de cultivo de frutillas ubicado a la altura del kilómetro 17,5 de la Ruta Provincial N° 1, en jurisdicción de Arroyo Leyes.
El esquema incluía el financiamiento de los pasajes, que luego eran descontados de los salarios, generando un sistema de endeudamiento que condicionaba la permanencia de los trabajadores.
La fiscalía describió un cuadro de extrema precariedad: alojamiento en galpones o construcciones improvisadas, sin acceso adecuado a agua potable ni sanitarios, jornadas laborales que comenzaban alrededor de las 3 de la madrugada y se extendían por más de doce horas, de lunes a lunes, y remuneraciones por debajo de los mínimos legales.

Uno de los testimonios incorporados a la causa refleja esa dinámica: “De lunes a lunes trabajamos. Entramos a laburar a las 3 de la mañana… dormís una hora, dos nomás, y no das más”.
Para los fiscales, este conjunto de condiciones configura una situación de reducción a la servidumbre, en la que se verifica una “cosificación de la persona” y una supresión fáctica de su libertad y dignidad.
Además de la pena de prisión, el MPF solicitó medidas de reparación para las víctimas, el decomiso de bienes —entre ellos dinero en efectivo, armas y una camioneta— y la imposición de costas al acusado.
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