Tras la participación de la Selección Argentina en el Mundial, se generó una “campaña antiargentina” que trascendió el ámbito futbolístico y tuvo su impacto en la política internacional. En ese contexto, el Presidente Javier Milei firmó un Decreto de Necesidad y Urgencia que establece como nueva causal de prohibición de ingreso y de expulsión del territorio nacional a cualquier extranjero que promueva o incite mensajes de odio, discriminación o violencia contra el pueblo argentino o sus ciudadanos por motivos de nacionalidad, así como a quienes ultrajen los símbolos patrios, según informó la Oficina del Presidente.
La normativa responde a recientes manifestaciones consideradas hostiles hacia la República Argentina y sus habitantes. El decreto enfatiza que la defensa de la Nación, sus ciudadanos y sus símbolos constituye un principio innegociable para el Gobierno Nacional. “Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”, expresó Milei en el comunicado oficial.
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El Decreto 681/2026 fue publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina e incorpora formalmente como causa de inadmisión y expulsión del país a los extranjeros que dirijan o inciten expresiones de odio, discriminación y violencia por razones de nacionalidad, y a quienes realicen actos de ultraje contra los símbolos nacionales. La disposición abarca tanto la incitación pública como cualquier manifestación directa que implique un agravio a la identidad nacional.

En los considerandos, el Poder Ejecutivo sostuvo que la Argentina mantuvo históricamente una política de apertura y hospitalidad hacia los extranjeros, pero remarcó que la soberanía estatal permite fijar condiciones de admisión, permanencia y expulsión para resguardar el orden público, la seguridad interior y la cohesión social.
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La decisión fue justificada por el Ejecutivo en función de preservar la integridad social y el respeto hacia la Argentina y sus emblemas. Según la comunicación de la Oficina del Presidente, el endurecimiento en las políticas migratorias busca evitar situaciones que puedan poner en riesgo la convivencia y el orden institucional.
La norma se dictó como decreto de necesidad y urgencia y, según el texto oficial, deberá ser remitida a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que tiene un plazo de 10 días hábiles para expedirse sobre su validez o invalidez y elevar dictamen a cada Cámara.
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Contexto de la decisión y alcance
La medida surge en un contexto de tensión por recientes expresiones públicas consideradas agravios hacia la Argentina y sus ciudadanos. El Gobierno Nacional sostuvo que la soberanía y el respeto a los símbolos patrios son elementos esenciales que no admiten negociación.
En el artículo 1 del decreto se establece que la disposición alcanza a extranjeros que hayan “dirigido mensajes de odio en forma oral o escrita, o incitado a la violencia contra el pueblo argentino en su conjunto, o contra algún ciudadano argentino, motivado en la nacionalidad de este último”, o bien, hayan “realizado o participado en actos de ultraje de símbolos patrios nacionales; o haber incitado a cometer cualquiera de los actos previstos por el presente inciso”.
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