Tras casi veinte años de investigación, la Justicia de Córdoba resolvió sobreseer de manera definitiva a Roberto Marcos Barzola en la causa por el crimen de Nora Dalmasso, ocurrido el 26 de noviembre de 2006 en Río Cuarto. La Cámara Criminal, Correccional y de Acusación de 2° Nominación dictaminó que la acción penal había prescripto, por lo que el acusado quedó desvinculado del proceso.
El tribunal —integrado por los jueces Pablo Bianchi, Carlos Hernán González Castellanos y la magistrada María Victoria Cavagnaro— sostuvo que desde la fecha del hecho transcurrieron casi 19 años, mientras que el Código Penal establece un máximo de 15 para este tipo de delitos (abuso sexual con acceso carnal seguido de muerte).
Los camaristas aclararon que en ningún momento se interrumpió ni suspendió el plazo de prescripción y desestimaron el planteo de que la falta de participación del esposo y el hijo de la víctima como querellantes —por haber sido investigados en su momento— pudiera justificar una excepción.
En su resolución, el tribunal señaló que el Ministerio Público Fiscal no enfrentó impedimentos legales para continuar la investigación
Por otro lado, la querella había pedido que el hecho fuera considerado imprescriptible al tratarse de un femicidio y, por tanto, una violación grave a los derechos humanos. No obstante, la Cámara rechazó ese argumento, al entender que, si bien el crimen fue de extrema gravedad, no se encuadra dentro de los delitos de lesa humanidad previstos por la ley.
Con base en estos fundamentos, el tribunal declaró extinguida la acción penal y dispuso el sobreseimiento total de Barzola.