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Se extiende el periodo de inscripcion para la Asistencia financiera para productores en emergencia agropecuaria por sequía

 

 

Destinada a productores agrícolas, ganaderos y frutihortícolas cuyas producciones se encuentren en los departamentos que han sido declarados en emergencia y/o desastre agropecuario (Dec. Nº 0020/22 y 0080/22). Las líneas disponibles son:

  • Línea para recomponer actividad productiva.
  • Línea para la prevención de daños
  • Fomento de plantación de árboles en el medio rural

Se podrá optar por línea de recomposición o prevención y sumar la de fomento de plantación de árboles.

Fecha límite de inscripción a las tres líneas 31/05/2022.

¿De qué se trata? Son créditos sin intereses, con doce meses de gracia y a devolver en hasta doce meses cuyos montos varían según la condición ante AFIP del solicitante hasta un monto máximo de $1.000.000. Tienen como objetivo la adquisición de insumos y capital de trabajo para ganadería y vinculados a la siembra/resiembra de cultivos.

¿Quiénes pueden acceder a ellos? Productores agrícolas, ganaderos y frutihorticolas de la provincia de Santa Fe cuyas producciones estén ubicadas dentro del Departamento Castellanos.

¿Qué requisitos debo reunir? Hay dos tipos de requisitos, los comunes a todas las actividades y los específicos de cada una de las actividades comprendidas para acceder a este beneficio. Son:

  • Requisitos comunes a todas las actividades:
  • Que la producción se encuentre ubicada dentro del Departamento Castellanos.
  • Tener certificado de Emergencia o Desastre Agropecuario emitido por el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de Santa Fe.
  • Estar inscripto en el RUPP.
  • Presentar una factura proforma o cotización a nombre de la CUIT del solicitante sobre las inversiones a realizar.
  • Presentar un garante con su respectiva acreditación de ingresos.

 

  • Requisitos específicos, según la actividad:
  • Producciónagrícola: Tener como máximo 300 hectáreas declaradas en el RUPP como «Granarias».
  • Producción Ganadera: Tener un máximo de hasta 600 cabezas de ganado bovino según informe de SENASA.
  • Producción mixta (agrícola/ganadera): Tener un máximo de 200 hectáreas declaradas en RUPP como «granarias» y hasta 400 cabezas de ganado bovino según informe de SENASA.
  • Producción frutihorticola: Tener un máximo de 5 hectáreas declaradas en RUPP.
  • Formulario de relevamiento de necesidades para recomponer la actividad afectada por sequía y/o altas temperaturas para productores agrícolas, ganaderos y frutihortícolas de la Provincia de Santa Fe.

     

    1. Información del solicitante

    Nombre y Apellido / Razón social:

    CUIT:

    Teléfono:

    N° RUPP:

    Localidad:

    Dirección:

    Departamento:

    1. Tipo de producción (agrícola, ganadera, mixto, frutihortícola):
    2. Número de certificado de emergencia y/o desastre agropecuario:
    3. Destino del crédito:
    4. Monto de crédito a solicitar:
    5. Garante:

    – DNI:

    – CUIT:

    – INGRESOS:

    – DOMICILIO:

    – TELEFONO:

    DOCUMENTACION A PRESENTAR:

    • DNI DEL SOLICITANTE Y GARANTE.
    • ACREDITACION DE INGRESOS DE GARANTE.
    • CERTIFICADO DE EMERGENCIA Y/O DESASTRE.
    • CONSTANCIA DE INSCRIPCION EN RUPP.
    • CONSTANCIA DE INSCRIPCION EN AFIP.
    • INFORME DE EXISTENCIAS GANADERAS EMITIDO POR SENASA.
    • FACTURA PROFORMA Y/O COTIZACION DE LAS INVERSIONES A REALIZAR.
    • UNA VEZ EFECTIVIZADO EL CREDITO, DEBERA PRESENTAR COPIA DE LA FACTURA DE LA COMPRA FINANCIADA.
    • ASISTENCIA FINANCIERA PARA LA PREVENCIÓN DE DAÑOS OCASIONADOS POR LA SEQUIA.

      ¿De qué se trata? Son créditos sin intereses, con doce meses de gracia y a devolver en hasta 12 meses cuyos montos varían según la condición ante AFIP del solicitante hasta un monto máximo de $1.000.000. Tienen como objetivo lacompra de:

      • Elementos para extracción, almacenamiento y captación de agua: losas para bebederos, bebederos fijos, molinos, caños, bombas sumergibles, movimiento de suelos.
      • Contribuir a la adquisición de maquinaria y/o de tecnología para la siembra y fertilización.
      • Contribuir a la inclusión de rotaciones y cultivos de cobertura en los sistemas productivos: adquisición de semillas, fertilizantes, combustible, productos fitosanitarios, entre otros.
      • Mejora de la infraestructura rural: postes, cepos, manga, alambre, varillas, comederos.
      • Elementos para manejo de ganado: boyeros solares/eléctricos, hilo electroplástico, varillas.
      • Elementos para bienestar animal: adquisición de árboles para sombras naturales y/o montes de reparo, sombras móviles artificiales, bebederos móviles, aspersores.
      • Materiales para la construcción de invernaderos, polietileno, postes, perfiles, alambre, mediasombras, aspersores, caños, mangueras, bombas sumergibles, elementos para riego, grupos electrógenos, entre otros.

      ¿Quiénes pueden acceder a ellos? Productores agrícolas, ganaderos y frutihorticolas de la provincia de Santa Fe cuyas producciones estén ubicadas dentro del Departamento Castellanos.

      ¿Qué requisitos debo reunir? Hay dos tipos de requisitos, los comunes a todas las actividades y los específicos de cada una de las actividades comprendidas para acceder a este beneficio. Son:

      • Requisitos comunes a todas las actividades:
      • Que la producción se encuentre ubicada dentro del Departamento Castellanos.
      • Estar inscripto en el RUPP.
      • Presentar un proyecto con formulario preestablecido (el cual deberán solicitar ante nuestra Asociación, Comuna o Municipio) en donde conste el destino de la inversión avalado por un profesional de las ciencias agropecuarias más una factura proforma o cotización a nombre de la CUIT del solicitante sobre las inversiones a realizar.
      • Presentar un garante con su respectiva acreditación de ingresos.

       

      • Requisitos específicos, según la actividad:
      • Producciónagrícola: Tener como máximo 200 hectáreas declaradas en el RUPP como «Granarias».
      • Producción Ganadera: Tener un máximo de hasta 600 cabezas de ganado bovino según informe de SENASA.
      • Producción mixta (agrícola/ganadera): Tener un máximo de 200 hectáreas declaradas en RUPP como «granarias» y hasta 400 cabezas de ganado bovino según informe de SENASA.
      • Producción frutihorticola: Tener un máximo de 5 hectáreas declaradas en RUPP.

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