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Ya se pueden inscribir autos y motos en cualquier Registro del Automotor

El Gobierno nacional emitió la circular N° 20/24, que introdujo cambios significativos en los trámites de inscripción de autos y motos en los distintos Registros del Automotor del país tras la derogación de los artículos 11 y 12 del Régimen Jurídico del Automotor, establecido por el Decreto-Ley N° 6582/58.

La medida busca simplificar el proceso de inscripción y facilitar el acceso para los usuarios.

En ese marco, el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, habilitó este miércoles la inscripción inicial de autos y motos cero kilómetro en cualquier Registro Seccional del país, independientemente de la jurisdicción que corresponda al domicilio del comprador.

Al respecto, el Ministro sostuvo que “esta medida permite que los ciudadanos puedan inscribir sus vehículos donde les sea más barato y cómodo”.

“Esto generará que los Registros se vean obligados a competir entre sí por los inscriptores y que las provincias y municipios deban regular sus tarifas para abaratar los costos y atraer más usuarios”, añadió el funcionario en sus redes sociales.

También informó que ya está operativo el nuevo formulario 08, que da la opción a los usuarios de elegir si pagar o no en el Registro los impuestos provinciales y municipales de multas, patentes y sellos. De esta manera, las seccionales dejarán de retener los impuestos de sellos, multas y patentes.

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