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Para los fiscales fue un fallo “histórico”, para la defensa fue “exorbitante

Los fiscales que estuvieron a cargo de plantear las acusaciones en el juicio contra Los Monos definieron al veredicto que ayer dio a conocer el Tribunal como un hecho histórico

Los fiscales que estuvieron a cargo de plantear las acusaciones en el juicio contra Los Monos definieron al veredicto que ayer dio a conocer el Tribunal como un hecho histórico. “Tenemos la satisfacción de ver la convicción de la Fiscalía también en el Tribunal y plasmada en las condenas”, dijo Luis Schiappa Pietra, representante del Ministerio Público.

Los defensores, por su parte, consideraron que las penas impuestas fueron “exorbitantes” y en el caso de Monchi, condenado a 37 años de prisión, ilegal. De todas maneras, las partes se mostraron cautas y si bien deslizaron la posibilidad de apelar el fallo decidieron esperar hasta conocer los fundamentos para hacer públicas sus decisiones.

“Estamos muy contentos con el fallo, muy conformes. Son penas muy altas por los delitos graves que la fiscalía probó que se han cometido”, dijo ayer el fiscal Gonzalo Fernández Bussy tras escuchar la lectura del veredicto.

“Fue una investigación muy larga —añadió— que comenzó por escrito y terminó con este juicio oral. Nosotros trajimos a juicio toda nuestra tesis y probamos todo lo que dijimos de principio a fin. El fallo es histórico y la labor de la fiscalía fue superlativa. Estábamos muy confiados, muy seguros de la evidencia que teníamos para demostrar en el juicio los delitos que estas personas habían cometido”.

Exorbitante

Por su parte, si bien señalaron que las condenas fijadas por el Tribunal eran esperables, los defensores del núcleo duro de Los Monos tildaron las penas de exorbitantes e ilegales. “La sentencia dictada a Ramón Machuca era esperable considerando que dos de los tres integrantes de este tribunal de juicio, Manfrín y Mas Varela, integraron el tribunal que absolvió a los acusados por el homicidio de Claudio «Pájaro» Cantero, habiendo considerado válidas en ese juicio las escuchas telefónicas que fueron ordenadas por el juez (Juan Carlos) Vienna, cuya nulidad solicitó esta defensa en el presente juicio oral”, remarcó Carlos Edwards.

El letrado dijo que por ese motivo plantearon su recusación al inicio del juicio, pero ésta fue rechazada. “A la manifiesta parcialidad del juez Vienna —enfatizó Edwards— se le sumó la evidente parcialidad de este tribunal de juicio, por lo que nuestro defendido no contó con un juez imparcial ni durante la instrucción ni en el juicio oral. Consecuentemente, la sentencia condenatoria ahora dictada resulta nula por la clara parcialidad del tribunal de juicio”.

Encubierta

El letrado también entendió que la pena impuesta a Monchi es ilegal. “Violenta el máximo de pena temporal que se puede imponer en la legislación penal argentina, que no puede superar los 25 años de prisión, que es la pena máxima que se tipifica para el delito más grave de nuestro sistema penal, como resulta el genocidio, implicando una verdadera pena de muerte encubierta considerando la expectativa de vida de una persona y que el fin de la pena es la resocialización del condenado, que se torna ilusoria en este caso por la cantidad de años de prisión”.

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