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Nuevas restricciones: la provincia amplió la lista de actividades suspendidas a partir del Jueves

 

 

 

Luego del anuncio «duro» de nuevas restricciones a la circulación en los departamentos Rosario, San Lorenzo y La Capital y en las localidades de Villa Minetti y María Teresa para evitar el crecimiento de los casos positivos de coronavirus, el gobierno provincial dio a conocer este miércoles una serie de rubros cuyas actividades fueron suspendidas que se suman a los sectores educativos y gastronómicos, entre otros.

A las medidas comunicadas este martes en horas de la noche, se le agregaron las siguientes restricciones:

Suspensión de las siguientes actividades:

► Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros, en forma presencial y con atención al público en locales y oficinas; quedando excluidos de la suspensión, los profesionales de la salud y los del notariado, en éste último caso para realizar diligencias definidas como esenciales en la emergencia y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora tenga virtualidad de producir la pérdida de un derecho.

► Actividad inmobiliaria y aseguradora, resguardando en éste último caso guardias para la recepción de denuncias de siniestros, en la medida que no puedan realizarse de manera remota.

>> Leer más: Restringen la circulación y suspenden actividades para frenar los contagios de Covid

► Actividades administrativas en forma presencial de sindicatos, entidades gremiales empresariascajas y colegios profesionales, administración de entidades civiles y deportivas, y la actividad administrativa de universidades nacionales y privadas con sede en el territorio provincial; quedando expresamente excluida de la suspensión el funcionamiento de obras sociales, en aquellas actividades que no pudieren realizarse en forma remota o mediante teletrabajo.

► Actividades administrativas de empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios, las que deberán desarrollarse en forma remota o mediante teletrabajo.

Venta de mercaderías con atención al público

La actividad del comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, podrá extenderse todos los días de la semana hasta las diecisiete (17) horas; y hasta las diecinueve (19) horas, los que comercialicen productos alimenticios.

El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).

Teletrabajo / Trabajo Remoto

Personal dependiente de los Poderes Legislativo, Judicial y de los Municipios y Comunas

Se invita a los Poderes Legislativo y Judicial y a los Municipios y Comunas de la Provincia, a priorizar en relación al personal de su dependencia la modalidad de prestación de servicios en forma remota o teletrabajo, en las áreas donde ello fuera posible.

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