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Vicentin: el juez Lorenzini volvió a rechazar un planteo de inconstitucionalidad

 

AIRE DE SANTA FE

El juez Fabián Lorenzini rechazó este martes un planteo de dos acreedores de la empresa Vicentin que pidieron la declaración de inconstitucional del DNU presidencial por el que se determinó la intervención de la compañía oriunda de la ciudad santafesina de Avellaneda. En el fallo, el juez argumentó que el planteo carece de legitimación “en esta etapa del proceso concursal”.

Se trata de las sociedades Delfino Carlos Porporato y Cía. SRL y C&B Commodities SRL, las que presentaron el pedido dos semanas atrás representadas por los abogados Hernán Augusto Martínez y Hernán J. Martínez.

Ingreso al complejo de la compañía Vicentin, en la ciudad de Avellaneda. 

Ingreso al complejo de la compañía Vicentin, en la ciudad de Avellaneda.

En el fallo de tres páginas, Lorenzini resolvió no hacer lugar al planteo de los acreedores por “falta de legitimación” del mismo “en esta etapa del proceso concursal”.

 

La decisión del juez tiene lugar horas después de que la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista lo ratificaran como autoridad al frente del expediente que se tramita por el concurso de acreedores iniciado por la firma Vicentin Saic.

 

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El magistrado había sido recusado por La Clementina SA, que esgrimía dudas sobre la imparcialidad de Lorenzini ya que éste fue durante 20 años abogado del Banco Nación, otro de los acreedores de Vicentin. Sin embargo, el tribunal de alzada sostuvo que “los jueces sólo son recusables cuando medie causa legítima con el síndico o el deudor, carácter que no reviste el B.N.A” y ratificó a Lorenzini.

En su resolución, los magistrados citan un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la provincia, que establece que “la existencia de causa de recusación o excusación con relación a algunos acreedores (y, atendiendo, además, al número de éstos) no puede provocar el desplazamiento del juez (…)” y sostienen que “hallándonos ante un proceso universal, en el cual participan gran cantidad de personas interesadas, el criterio para la recusación debe ser estricto, siendo acertada su limitación a cuando exista causal con alguno de los síndicos o con el deudor, por la relevancia y necesariedad que tienen éstos en el proceso. En cambio, de abrirse las posibilidades de recusación o excusación más allá de tales límites ‘resultaría prácticamente imposible dar con un juez que pueda intervenir en la causa'”.

 

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El juez Fabián Lorenzini trabajó durante 20 años (entre 1999 y 2018) como asesor legal de la sucursal Reconquista del Banco Nación. En el marco de esa función, firmó resoluciones que involucraban a empresas de ese grupo, tales como Buyanor S.A., Biogas Avellaneda y Renopack.

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